Paso a paso: cómo denunciar violencia de género y en qué consisten las etapas del proceso penal
Al momento de acudir al Ministerio Público hay una serie de aspectos a considerar, como aprender a diferenciar entre los delitos que se persiguen por oficio y los que son por querella
En el marco del 25 de noviembre, el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, la organización Impunidad Cero volvió a lanzar el carnet de denuncia de género, el cual está ilustrado y contiene información actualizada sobre cómo actuar en caso de que una mujer decida denunciar a su agresor, pues es un acompañamiento durante el proceso en el que se explica en qué consiste y tener una mejor organización al momento de enfrentarse a las diversas etapas del proceso penal.
Este carnet es una adaptación del Carnet Nacional de Denuncia para casos de Violencia de Género que fue elaborado en conjunto con Tojil, realizado originalmente para la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo y se adaptó para su distribución nacional y a través del cual se espera que las víctimas puedan usarlo para que al darle continuidad al proceso de denuncia, éste sea más fácil.
¿Cómo denunciar la violencia de género?
Iniciar este proceso puede ser complicado para algunas personas, especialmente cuando no se cuenta con información suficiente para sentir seguridad y continuarlo con confianza. Por ello, es importante tener en cuenta aspectos básicos como saber distinguir qué tipo de delitos se persiguen «por oficio» y cuales son por «querella». Cabe recordar que la descripción de los delitos que se investigan por querella o denuncia varían dependiendo el código penal de la entidad federativa, por lo general cuando se trata de delitos que se investigan por querella, al final de la descripción de delito hay un párrafo de indica “este delito se perseguirá por querella”, si no lo tiene, se entiende que se investiga por denuncia (“de oficio”) y también se puede denunciar la tentativa o intento de alguien por agredir o cometer alguno de los delitos señalados más adelante.
Delitos que se persiguen por oficio
Los delitos que se persiguen «por oficio» son aquellos que tanto la víctima como cualquier persona, incluso alguien que no sea la víctima, pueden denunciar en el Ministerio Público, estos son:
Violación
Violencia familiar
Acoso sexual
Abuso sexual
Pederastia
Sustracción
Feminicidio
Pornografía
Delitos que se persiguen por querella
En tanto, los delitos que se investigan por «querella» son los que únicamente pueden ser denunciados en el Ministerio Público por la víctima, los cuales son:
Abuso sexual
Estupro
Hostigamiento sexual
Violencia a la intimidad sexual
Lesiones
Acoso sexual
Violencia digital
Elementos a considerar en caso de denuncia
Tener el nombre completo de la persona que cometió el delito (en caso de ser un servidor público, investigar el cargo).
Si la violencia es reiterada y ya existe una denuncia previa, se puede solicitar la “acumulación de los casos” para que estos nuevos hechos queden integrados en una sola carpeta de investigación.
Dar aviso a las autoridades si existe una situación de riesgo inminente, como amenazas que se pueden respaldar con pruebas (en mensajes o videos) y testigos .
Solicitar los videos de las cámaras de vigilancia si la violencia ocurrió en un espacio público.
Por otro lado, en caso de haber sido víctima de violación, es necesario tener en cuenta que la víctima tiene derecho a recibir anticoncepción de emergencia en las instituciones de salud (clínicas) dentro de las primeras 120 horas que sucedió la violación. En caso de embarazo por violación, cualquier mujer mayor de 12 años puede solicitar la interrupción voluntaria del embarazo, incluso si no ha presentado una denuncia. Si es menor de 12 años, pueden solicitarlo sus padres o tutores.
Es recomendable presentar la denuncia dentro de las primeras 48 horas posteriores de que ocurrió el delito, a fin de que se pueda hacer lo antes posible una prueba ginecológica y la exploración médica correspondiente. En caso de acudir a denunciar, es de suma importancia que la víctima lleve la ropa que usó cuando ocurrieron los hechos y de igual forma, se recomienda no bañarse hasta después de que se haya sido realizada la exploración médica y la toma de muestras.