Sedeco modifica trámites para locatarios de mercados públicos en CDMX
El objetivo es beneficiar a 75 mil locatarias y locatarios de mercados públicos de la CDMX para ahorrarles tiempos y costos administrativos.
A fin de beneficiar a unas 75 mil locatarias y locatarios de mercados públicos de la Ciudad de México (CDMX), con ahorro de tiempo, ahorro de costos administrativos, con “menores requisitos para acceder a los procedimientos, menores riesgos de que existan actos de corrupción”, entre otros, la Secretaría de Desarrollo Económico publicó un acuerdo por el que se modifican diversas disposiciones de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal, en materia de simplificación y digitalización de trámites.
En el acuerdo publicado en la Gaceta Oficial, la Sedeco, a cargo de Manola Zavalza Aldama, establece que para la realización de trámites, el Sistema de Trámites de Mercados Públicos (SITRAMERP) generará una plataforma digital a la que las personas podrán acceder mediante su inicio de sesión único, que contará con la autenticación digital, para realizar trámites y servicios, como cambio de nombre de beneficiario, emisión de cédula nueva, remodelación de locales, empadronamiento, refrendo entre otros.
Asimismo, se establece que serán las alcaldías las deberán entregar una respuesta en los siguientes 15 días hábiles, a la solicitud de trámites realizados por los locatarios.
En caso de que la respuesta no se emita dentro de ese plazo, se configurará la afirmativa ficta; con excepción del trámite de autorización de remodelación local, en el cual procede la negativa ficta, detalló la Sedeco.
Cédula de empadronamiento para locatarios de mercados
Tratándose de los trámites consistentes en el traspaso de derechos, cambio de nombre por fallecimiento de la persona titular, reexpedición de cédula de empadronamiento y cambio de giro, se emitirá una cédula de empadronamiento nueva.
Éstas deberán ser firmadas por la persona titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno de cada alcaldía, o su homóloga correspondiente a través de la Firma Electrónica regulada en la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México.
En los casos que proceda la expedición o reexpedición de la Cédula de Empadronamiento, la persona titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno o su homóloga correspondiente debe llevarla a cabo en el formato homologado para los Órganos Político-Administrativos aprobado por la Secretaría.
En la publicación, se establece que dichas cédulas nuevas deberán contener nombre y foto de la persona titular; nombre y número del mercado público; número de cuenta, puesto, bodega, cámara y superficie, además del giro autorizado y fecha de emisión.
Asimismo, en el acuerdo publicado este jueves se modifica la Sección II del Refrendo de Empadronamiento, por el que se establece que la cédula de registro de las personas locatarias o comerciantes debe ser refrendados gratuitamente durante el mes de enero de cada año, siempre y cuando subsistan las circunstancias que fundaron el empadronamiento.
La convocatoria para la realización del refrendo de Cédula de Empadronamiento por el uso del local se difundirá entre las personas locatarias o comerciantes de todos los Mercados Públicos desde el mes de noviembre del año fiscal anterior, con la finalidad de que los locatarios o comerciantes efectúen dicho trámite en el mes de enero.
El presente Acuerdo entra en vigor este jueves 09 enero, el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.